Los sujetos obligados deberán publicar un listado con la normatividad que emplean para el ejercicio de sus funciones.
- Normatividad
Los sujetos obligados deberán publicar un listado con la normatividad que emplean para el ejercicio de sus funciones.
El sujeto obligado incluirá la estructura orgánica que da cuenta de la distribución y orden de las funciones para el cumplimiento de sus objetivos.
Los sujetos obligados publicarán las facultades respecto de cada una de las áreas previstas en el reglamento interior.
Indicadores que planea o busca alcanzar el sujeto obligado a través de las áreas o unidades responsables ejecutoras del gasto.
Temas cuya divulgación resulta útil para que el público comprenda las actividades de los sujetos obligados.
La información de los indicadores de desempeño observando los lineamientos y metodología emitidos por la CONAC.
El directorio deberá incluir al menos el nombre, cargo, nivel del puesto, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio y dirección de correo electrónico oficiales.
La remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, señalando la periodicidad de dicha remuneración.
Asignaciones destinadas a cubrir los servicios de traslado, instalación y viáticos del personal, cuando por el desempeño de sus labores, requieran trasladarse a lugares distintos al de su adscripción.
Listado con el total de plazas tanto de base como de confianza, sean de carácter permanente o eventual, de tal forma que se señale cuáles están ocupadas y cuáles vacantes, así como los totales.
Los sujetos obligados publicarán información de las personas contratadas bajo el régimen de servicios profesionales por honorarios y servicios profesionales por honorarios asimilados a salarios.
Los sujetos obligados deberán publicar la versión pública de la declaración de situación patrimonial de los(as) servidores(as) públicos(as), integrantes, miembros del sujeto obligado y/o toda persona que desempeñe un empleo.